Artículo 9.- Regulación de usos y actividades:
Se consideran incompatibles con los objetivos de conservación del paraje de las Fuentes del Marqués y por ende expresamente prohibidos, los siguientes usos y actividades a excepción de las labores propias de mantenimiento y conservación:
Introducir animales domésticos sueltos, permitirles causar molestias a las personas, a la fauna silvestre o causar daño a la flora y la vegetación o contaminar el entorno con sus deposiciones.
Artículo 11.- Infracciones.
Infracciones Leves:
- Los restantes actos que, siendo contrarios a los objetivos de conservación y protección del paraje, no aparezcan tipificados como infracciones graves o muy graves.
Artículo 12.- Sanciones.
Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 30 a 300 euros.