Artículo 9.- Regulación de usos y actividades:
Se consideran incompatibles con los objetivos de conservación del paraje de las Fuentes del Marqués y por ende expresamente prohibidos, los siguientes usos y actividades a excepción de las labores propias de mantenimiento y conservación:
El vertido, depósito, incineración o enterramiento de basuras, residuos, escombros u otras sustancias, cualquiera que sea su naturaleza, que constituyan, o puedan constituir, un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del paraje.
Artículo 11.- Infracciones.
Infracciones muy graves:
- El vertido, depósito, incineración o enterramiento de basuras, residuos, escombros u otras sustancias, cualquiera que sea su naturaleza, que constituyan, o puedan constituir, un peligro de contaminación de las aguas o de degradación del
Artículo 12.- Sanciones.
Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 1.501 a 3.000 euros.