Prohibido vehículos a motor

Artículo 9.- Regulación de usos y actividades:

Se consideran incompatibles con los objetivos de conservación del paraje de las Fuentes del Marqués y por ende expresamente prohibidos, los siguientes usos y actividades a excepción de las labores propias de mantenimiento y conservación:

La circulación de vehículos motorizados y su estacionamiento, salvo en las zonas habilitadas para aparcamiento situadas en la Zona de Uso Compatible. De esta prohibición quedan excluidos los vehículos individuales de personas con discapacidad, debidamente acreditada, que no desarrollen velocidades superiores a 10 km/hora.

Artículo 11.- Infracciones.

Infracciones graves:

  • El tránsito de vehículos a motor, no autorizados, fuera de la zona habilitada para

Artículo 12.- Sanciones.

Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 301 a 1.500 euros.