Protege, conserva y potencia la flora y fauna silvestre y sus hábitats.
Artículo 9.- Regulación de usos y actividades:
Se consideran incompatibles con los objetivos de conservación del paraje de las Fuentes del Marqués y por ende expresamente prohibidos, los siguientes usos y actividades a excepción de las labores propias de mantenimiento y conservación:
La destrucción o deterioro de la flora y fauna protegida por la normativa ambiental.
La recolección de ejemplares de flora silvestre, o partes de éstos, cuando pueda perjudicar el estado de conservación de su población en el paraje.
Artículo 11.- Infracciones.
Infracciones muy graves:
- La destrucción o deterioro de la flora y fauna protegida por la normativa ambiental.
- La recolección de ejemplares de flora silvestre, o partes de éstos, cuando pueda perjudicar el estado de conservación de su población en el
Artículo 12.- Sanciones.
Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 1.501 a 3.000 euros.